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DOMINGO, 13-ABRIL-2014

Truchas y Constitución obligan

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La práctica obligada de la pesca sin muerte en los tramos «libres» de los ríos trucheros se ha convertido en el caballo de batalla de un sector de pescadores y de algunos que, queriéndose erigir en interlocutores y salvadores de la actividad, únicamente están contribuyendo a deteriorarla más a través de su derrotismo, críticas negativas y opiniones, que no parece más que busquen crear confusión, descontento y, como consecuencia, abandono y deserción.

Que nadie piense que mi actitud es tan conformista que pienso que tenemos en nuestros ríos tantas truchas como había en los años 60 o 70 del pasado siglo. Tampoco apruebo las monstruosidades que se han cometido expropiando a los ríos sus cauces para polideportivos, paseos o selvicultura. Todo ello sin aplicar las medidas correctoras que demanda la legislación de impactos ambientales, para posteriormente quejarse de inundaciones. Tampoco se piense que me repele una trucha frita, pero con sus cautelas. Vamos pues, a intentar explicar la razón de esta medida.

En 1942 se promulgó la ley de pesca bajo cuyo mandato la mayoría comenzamos a pescar, en unas condiciones socioeconómicas muy lejanas de las actuales. Era una ley que buscaba evitar el aprovechamiento desordenado del recurso y de su texto trascendía que el pescador desarrollaba su actividad en gran parte para consumir sus capturas. He dicho la mayoría de nosotros y si no, miren entre los pescadores a ver si ven muchos por debajo de la treintena o acompañados de sus hijos menores. Posteriormente, en 1978, todos nos dimos una nueva norma de convivencia general, la Constitución. Con este acto pasamos de un Estado autoritario a otro de Derecho.

En uno de los primeros artículos, el 45, entre los derechos y deberes de los ciudadanos, se dice: «Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo». Vemos en ello que nuestro derecho conlleva cumplir un deber. En el siguiente párrafo manda a los poderes públicos que velen por la utilización racional de los recursos naturales. Finalmente, dicta que se establecerán sanciones penales y administrativas para los que violen estas normas.

En un artículo posterior, el 148, se hace el reparto de competencias entre las comunidades autónomas y el Estado central. Ha nacido el Estado de las Autonomías entre cuyas atribuciones está gestionar el medio ambiente natural.

Previamente a la aprobación de la Constitución, España buscaba abrirse con timidez al concierto medioambiental de la comunidad internacional al firmar el Convenio de Washington sobre el comercio de especies silvestres, también conocido por su acrónimo Cites. Ése que protege contra el comercio ilegal a tigres, ballenas, aves rapaces o elefantes. Además debíamos entrar en las Comunidades Europeas para no quedar apeados de la evolución de nuestro continente. Por esas razones firmamos más convenios, Bonn y Berna, y aceptamos e incorporamos la legislación comunitaria mediante nuestra adhesión a los tratados de la Unión.

Ya tenemos, pues, las tres fuentes básicas de nuestro Derecho Ambiental que el legislador nacional o autonómico debe acatar. La Constitución, los convenios internacionales y la normativa europea.

Como consecuencia surgió la primera ley del medio ambiente natural de la democracia, la 4/1989 de conservación de la naturaleza. Posteriormente, en 2007, se sustituye por la ley de Patrimonio natural y Biodiversidad. En ellas se determinan las especies cazables, pescables, comercializables y las catalogadas o más comúnmente conocidas como protegidas. Además ambas obligan de modo taxativo a que los recursos naturales se exploten únicamente después de haber realizado un estudio y un plan de ordenación del mismo. Por tanto las comunidades están obligadas a cumplir estas condiciones y principios al legislar, es decir, regular los derechos y deberes de sus ciudadanos.

La trucha, la perdiz o el haya son recursos naturales, por eso para su explotación precisan de planes de ordenación. Estos recursos tienen una característica diferencial. Son renovables, es decir, se reproducen y tienen descendencia. Otros recursos como el cobre o el petróleo no se reproducen, no son renovables y se administran de otro modo.

Nuestras truchas ponen unos ochocientos a mil huevos por kilo de peso. eso no garantiza que una hembra de un kilo nos produzca mil alevines, ni que todos esos lleguen, en dos o tres años, a tener entre 18 y 25 centímetros de longitud. Durante ese tiempo hay que evitar depredadores, entre ellos las propias truchas, saprolegnia, sequías, crecidas, contaminaciones de distinto tipo, e incluso, pescadores que merman la población. Por esas circunstancias, a nuestras truchas les cuesta mucho sobrepasar la edad de cinco años.

Al final del proceso podemos tener entre dos y seis descendientes viables que, a su vez, puedan frezar. De esta renta debemos extraer nuestras capturas, pero sin poner en peligro el capital reproductor, es decir, el número y peso de reproductores del que partíamos. Debemos pues tener en cuenta que una trucha es, desde el punto de vista medioambiental, un ser muy caro de obtener. Consecuentemente no lo debemos tratar como si únicamente fuera un trozo de carne barata.

Por eso, cuando se lleva a cabo un plan de ordenación de la pesca, se censa la población, se calcula la producción anual y como consecuencia la extracción que podemos realizar.

En un coto sabemos los peces que hay, los pescadores que acuden y las truchas que pescan. Lo único que hay que hacer es repartir la cosecha entre un número razonable de pescadores a los que podemos autorizar a entrar mediante un número limitado de permisos y capturas. Pero en el terreno libre nos faltan dos importantísimos factores de la ecuación: el número de pescadores y sus capturas. Pueden acudir tres o tres mil y pescar tres o tres mil truchas. No podemos, por lo tanto, garantizar la sostenibilidad de la población pescable.

Si no garantizamos esa sostenibilidad, nuestros conciudadanos españoles y europeos, incluso los que no pescan, nos pueden denunciar por incumplir las normas. Si la sentencia es que no las cumplimos, podemos ser condenados a no desarrollar nuestra actividad. Nuestro derecho de acudir libremente al río, del que muchos europeos no disfrutan, exige el deber de que no le saquemos más de lo que puede producir. Recuerden el art. 45 de la Constitución: «...así como el deber de conservarlo». Por eso, la única solución en lo libre es la pesca sin muerte. Lo demás son otras cuestiones.


Fuente: www.diariodeleon.com · © El Diario de León, S.A.

Origen: http://www.diariodeleon.es/noticias/opinion/truchas-constitucion-obligan_882101.html


18 comentarios (es necesario estar registrado en el foro pescaleon)
Altocea
14 abril 2014 - 10:12:33
Me parece un gran articulo y muy contenido en las formas sin embargo en el fondo arremete contra Tirios y troyanos.Bien
franjafesamaki
14 abril 2014 - 14:14:01
Por fin, una exposición muy bien razonada, aunque esto no guste a unos cuantos.
Ribereño padre Esla
14 abril 2014 - 15:28:50
De forma generalizada la gente quiere llevar alguna trucha para casa, unos cuatro en toda la temporada, como yo, otros menos y otros más, la Junta lo sabe y esa es la razón para dejar CON MUERTE los cotos, la gente va a pagar para poder pescar con libertad. Y muchos se preguntan ¿por qué no establecen un cupo de una trucha en los libres, si de esa manera en el peor de los casos se extraerán 4 veces menos truchas que como estaba el año pasado? - Sencillo señor, la gente no pagaría por cotos y nos jodería el sistema. El cinismo en el tema es impresionante, solo interesa la caja y si todavía esos ingresos se revertieran en algo de la gestión de los ríos en los problemas serios que de verdad les afectan, sería más que bienvenido. Pero esa caja solo debe tener agujero de entrada.
efhemeras
14 abril 2014 - 22:24:14
Precioso articulo , pero donde estan los problemas reales de los rios lease explotacion hidrica, cetrales hidroelectricas, que convierten rios como el sil en arroyos,todos los sulfatos y venenos de huertas y fincas que terminan en los rios, vertidos por falta de depuradoras,furtivos por falta de vigilancia,etc etc etc ,prefiro no seguir para no aburriros,¿y el problema somos los pescadores?,con todo mis respetos nos parecemos a los politicos no sabemos por donde andamos.
Pío
14 abril 2014 - 23:34:45
Estoy de acuerdo... respetemos la Constitución y nuestro medio ambiente. Ni pesca con muerte ni divertirse a costa del sufrimiento de las truchas, por cierto ¿ cuántas mueren por efecto de las clavadas?. VEDA TOTAL.
vizcay
15 abril 2014 - 11:59:58
Al margen de otras consideraciones absolutamente discutibles hay una que ya de por si, y tomando como base la constitución, invalidaría la nueva Ley de Pesca de CyL. El artículo de la Carta Magna que dice :"Todos los españoles son iguales ante la Ley sin distinción por razón de raza, sexo o religiión. Si esto ´debera ser así que me expliquen por qué un gallego puede llevarse diez truchas o un asturiano ocho y un leonés 0.
nardo
15 abril 2014 - 16:14:12
No hay acuerdo entre todos los comentarios y menos con el del periódico. YO POR SUPUESTO estoy a favor del "trofeo" llevado a casa, aunque dejen una, pero poder ser campeón ese dia. Lo demás son conjeturas baratas, eso de "sin muerte" no me vale, porque como dice Pío, las "clavadas" donde van, a la orilla con la panza arriba, que las he visto. O cierren todos los rios 2 años a ver que pasa. En fin no sacar licencia y a esperar...saludos
Angeloso
16 abril 2014 - 00:18:43
Un muy buen articulo y muy buena argumentación de porque se tiene que pescar sin muerte. El que no lo guste que le heche azucar. O donde quieren llegar algunos matando truchas, para eso ponemos el cupo en 20 truchas de 15cm y asi todos contentos,!!! Venga ya hombre!!!!!
pescaatoo
16 abril 2014 - 00:43:27
el articulo....pues eso propaganda y mas propaganda...los u nicos que crean descontento y confusion es la JUNTA DE CASTILLA Y LEON....y las criticas....pues que las aguanten como todo hijo de vecino.. la constitucion...hay la constitucion..como nos gusta usarla para atacar al que no piensa como yo.....jeje .....y los tratados que se firman para cumplirles y otros para no cumplirles...pobres inmigrantes...tirados y ahogados a miles....si y estas son personas no truchas... asi que ejemplos hay para todo.....y si le echas un poco demagogia pues te queda mas bonito.. pregunto....abra que denunciar al tribunal constitucional a las comunidades donde en lo libre se pesque cm.....o al tribunal de la haya...vaya rajada que se pega para decirnos una obviedadad...que la pesca sm es necesaria para los rios...pero hay formas y formas
Chicho
16 abril 2014 - 17:38:03
Pues nada, nosotros a cumplir la Constitución, mientras la Administación se la pasa por sus partes nobles. Que este señor se lea el Derecho Ambiental y que me cuente si el legislador autonómico está en condiciones de dar ejemplo. Después dicen que en los cotos saben las truchas que hay, el número de pescadores y las truchas que pescan. Pues que me digan como si no se ve un Guarda ni por los cotos. En fin cada uno intenta defender lo que quiere o lo que le obligan a defender.
eduarditooo
17 abril 2014 - 22:18:02
me parece bien la ley, eso si la manera de llevarla a cabo deprisa y corriendo... deja un poco que desear.... por comentar, el año pasado fuimos a chile, y alli la pesca, como podeis suponer esta a años luz de aki, logico por otra parte por la presion pesquera de uno y otro lugar, pero deciros que entre 5 pescadores en 7 dias de pesca no matamos NI una trucha, aunque los guias nos decian que era la practica habitual, tampco veo mal llevarse un par de truchas el dia que se preste, eso si,, de una talla de 40 mínimo..
riojano
18 abril 2014 - 18:51:01
Bla, bla , bla, estudio y legislación, bla, bla bla, censo de población, bla, bla, bla, "extracción razonable". Alguien me puede explicar la porqueria de estudio que ha realizado nuestra querida JCYL, para colocarnos los AREC en los tramos de rio donde menos truchas quedan ( León en concreto).¿Eso no va en contra de la normativa europea? Es que es lo que me faltaba, usar la constitución para dar cohartada a semejante desaguisado. ¿Que lo razonable es ir en la dirección de la pesca SM ? eso no lo dudamos ni los que nos gusta cenarnos una trucha de vez en cuando. Pero eso no quita para que la normativa sea una chapuza.
Danica
19 abril 2014 - 00:32:53
Leon ...truchas y porron jajajajaja ,dentro de poco no se pueden matar ni los pollos de corral.....
eclipse
19 abril 2014 - 12:18:18
Señor Vizcay desde cuando es un derecho reconocido que una persona se pueda llevar los bienes naturales que le apetezca ,no se equivoque esas truchas son de todos los ciudadanos y no exclusivos de los pescadores de sartén , hay están para que los disfrute quien quiera eso si sin matarlos.
dav
20 abril 2014 - 11:00:52
Reto a los guardas a buscarme para pedirme la licencia y pillarme si me he llevado una trucha a casa ... xD
Juan García Villullas
21 abril 2014 - 18:22:08
Truchas y Constitución obligan ... y por qué no Bogas y Constitución??!! Resulta que en estos momentos para un pescador pinciano es más sencillo, en cuanto a distancia kilométrica, pescar una trucha que una boga. En los tramos de río donde se disfrutaba de la pesca de bogas en la provincia de Valladolid ya han desaparecido. Ah claro!, es que no dejan tanto dinero. Cómo no había caído??!! Por otra parte, por qué no es posible una regulación de los tramos trucheros al igual que existía hasta el año pasado en el Parque Nacional de Picos de Europa, donde se permitía la extracción a pescadores residentes? Quiero creer que las personas que viven junto a su río son los mejores conocedores de éste y a su vez quienes mejor le van a vigilar. Soy residente en Valladolid, así que no soy sospechoso de querer pescar ningún tramo concreto. Un saludo y perdón por el tono si me pasé.
manolo71
22 abril 2014 - 23:20:17
Si la arcoiris es especie invasora,por que siguen repoblando cotos intensivo .Muy fácil,Sólo para recaudar
romomi
03 junio 2014 - 17:29:24
A que si no se saca la licencia en un número alto, el año que viene dejan pescar con muerte. Se admiten apuestas.

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