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| webmaster Moderador · Socio Pescaleón 14 diciembre 2010 - 09:14:51 ![]() |
No DPS, otra cosa es como quieran empezar a interpretarlo. Dicho punto tal y como está redactado ya es existente en la ley vigente actualmente 6/92. Salu2 |
| DPS 14 diciembre 2010 - 10:47:33 |
Lo que dice la Ley del 92 es: "el aparejo conocido por ninfa o aquel sustitutivo de la misma, que emplee plomada de arrastre o fondo y aquellos otros que se determinen mediante el correspondiente Decreto". Que lo que yo entiendo es que se prohibe el "aparejo ninfa" que es el tubito de plástico con el plomo abajo. Pero ahora al poner: "...se prohíbe la plomada de arrastre o fondo en cualquiera de sus variedades o montajes." La cosa creo que cambia al decir en cualquiera de sus variedades o montajes. Es una de las alegaciones que yo personalmente voy ha hacer. Saludos. |
| Gope Socio Pescaleón 14 diciembre 2010 - 10:49:05 ![]() |
Me parece DPS que hace referencia a una modelidad antigua consistente en una "buena plomada", la cual se arrastraba por el lecho del río y arrastraba una serie de ninfas. Esto se prohibió muy acertadamente ya que solía pasar que la plomada se quedaba enganchada entre dos piedras y al tirar se rompía el sedal, quedando el señuelo "activo" en el río. Luego pues imagínate, iba la trucha, picaba y ahí quedaba.......una pena. Saludos |
| DPS 14 diciembre 2010 - 10:51:01 |
Exactamente Gope, es lo que se denomina "aparejo ninfa", pero ahora yo creo que la cosa cambia. Saludos. |
| pezuco 14 diciembre 2010 - 16:19:15 |
En algunos sitios se llamaba chupete creo recordar, y el año pasado era legal en determinados tramos (zonas libres) de La Rioja. Saludos y buena pesca. |
| Lachis Moderador · Socio Pescaleón 14 diciembre 2010 - 20:48:04 ![]() |
Si se prohíbe la plomada de arrastre o fondo en cualquiera de sus variedades o montajes. Entiendo que al final de la linea no puede plomarse o sea que el cebo solo se podra pescar si van los plomos por encima del cebo. Saludos |
| Chema Colaborador 14 diciembre 2010 - 21:05:08 ![]() |
Lo dejan bien claro: en cualquiera de sus variedades o montajes..... , lo cual no quiere decir que sea por aquel aparejo de ninfa (auto-obus). Lo que hace referencia esa nueva norma es que quieren tambien prohibir la clásica bujía, osea, el plomo camuflado de ninfa. y todo aquel aprarejo que lleve una plomada de arrastre, con lo cual yo entiendo que esa norma lo que va a provocar es que no se pueda pescar a ningun cebo en el que coloques una plomada de arastre sea del tipo que sea. Contra esta norma tambien deberíamos hacer una alegación mostrandonos contrarios a ella, no tiene sentido. Saludos |
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