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| Usuario | Mensaje |
| jordylucio 13 julio 2015 - 21:43:33 ![]() |
Pues sera porque no tienen el eds por la zona baja para darle a la piragüita de los plines. |
| Therwal Colaborador · Socio Pescaleón 14 julio 2015 - 17:11:59 ![]() |
La madre del perro... no tendrán sitio, la gente como le gusta pisar y pasar por encima de otros... hay que joderse... no habrá tramos... |
| Morales 15 julio 2015 - 14:00:56 |
Coto de Felmin, en cada poza donde se podía pescar alguna trucha maja, familias de 10 ó 12 miembros bañandose hasta las 21:30 horas, de pena. Los guardas ni aparecieron en todo el día. Un coto precioso para bañarse.... |
| webmaster Moderador · Socio Pescaleón 15 julio 2015 - 16:00:45 ![]() |
Gracias por el post cokepesca. Si tenían el permiso de CHD como indicas, CHD debería haber notificado a la Junta la actividad de dicho día, cosa que me extraña que hiciera. Es lo que pasa en España por tener multicompetencias.... Permiso, por 10 chalupas......€€€€€€ clin clin clin y el resto que se **** Antaño, creo recordar que la actividad de la pesca era preferente sobre cualquier otra; veo que la legislación no indica nada, y como el medio acuático es un medio de uso público común (lo de uso público qué bien queda en los papeles....) pues ahí se entiendan ambas partes. Eso sí, si tú estabas en actividad de pesca, deberían respetarla. En algún lugar deben estar las sanciones, al igual que si no nos respetamos la distancia mínima entre pescadores. Voy a mandar un email a la Junta y cuando tenga contestación lo trasnscribo.... aunque se que en la misma algunos nos siguen en el foro casi de continuo. Salu2 |
| webmaster Moderador · Socio Pescaleón 20 julio 2015 - 12:03:23 ![]() |
Contestación de la Junta de Castilla y León al tema de embarcaciones y aprovechando, al tema de bañistas que en otros post ha salido: ******************************************************** Buenos días, Respecto al tema del Baño en los ríos existe una indefinición absoluta motivada básicamente por la disparidad de competencias de distintas administraciones. Cita del documento del Procurador del Común sobre las aguas de baño en CyL: El Texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que regula el dominio público hidráulico, el uso del agua y el ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en las materias relacionadas con dicho dominio público, señala que: Sobre las embarcaciones, comentar que cualquier cosa que no tenga motor y mida menos de 2,5 metros puede navegar casi por cualquier lugar por estar considerado artefacto de baño. Si son mayores o tienen motor, necesitan autorización especifica para el tramo. De hecho la Junta ha dejado aparte el tema de las embarcaciones (lo cual si se recogía en la Ley de Ecosistemas). Realmente son dos problemas que va a mas, especialmente lo de las embarcaciones, y no se ve una salida fácil porque la administración que debería tratar de armonizar todos estos derechos es únicamente la Confederación.Es un círculo vicioso en el que todos tienen derechos, pero en el que tan solo algunos pagan por disfrutar de ellos, que básicamente son los pescadores. ******************************************************** |
| Therwal Colaborador · Socio Pescaleón 20 julio 2015 - 12:23:03 ![]() |
Vamos que o te quitas del río o las piraguas te llevan por delante.... los hay respetuosos.. todo hay que decirlo no hace mucho uno dió la vuelta al verme. |
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