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Usuario | Mensaje |
Gredosamosca 27 diciembre 2018 - 10:35:57 |
Buenos días, ya salió la normativa nueva y es un lío de tres pares de cojo..... Todos los Cotos de todas las provincias mezclados, los eds y arecs también Y no encuentro las limitaciones de número de moscas o ninfas a emplear y con que modalidades A ver si alguien lo entiende o lo encuentra |
********** 27 diciembre 2018 - 12:19:54 |
En fin, la administración es así..... Lo de las moscas no viene. Hay que ir al Decreto 33/2017. Un saludo. |
********** 27 diciembre 2018 - 12:29:13 |
Según el Artículo 36.3 del Decreto 33/2017 se prohíbe el plomado de los hilos de pesca o plomadas de arrastre. NO PONE NADA DEL Nº DE MOSCAS A UTILIZAR Y MODALIDADES, como lo ponía el año pasado en el artículo correspondiente a CEBOS Y SEÑUELOS. |
Gredosamosca 27 diciembre 2018 - 12:34:08 |
Se han saltado varios artículos, seguramente al poner en cada coto, eds y arec los cebos y señuelos permitidos. Lo añadirán pronto |
********** 27 diciembre 2018 - 12:51:00 |
En la LEY 9/2013 tampoco dice nada del nº de moscas. Por lo tanto, entiendo, que se puede pescar con el nº de moscas que quieras y con la caña que quieras (me refiero a caña fija). Los días CM los anzuelos SERÁN CM ó SM y los días SM los anzuelos SERÁN SM. En este sentido es mucho más sencillo que antes, las 856 páginas para los Cotos, EDS, AREC y Refugios de pesca (entiendo que son los VEDADOS) se entendía mejor con los cuadritos de antes. |
Gredosamosca 27 diciembre 2018 - 13:08:38 |
Toda la razón Berciano, ahora hay que mirar la ley 9/2013,el decreto 33/2017 y las dos órdenes estas........ Vaya lio |
musete77 27 diciembre 2018 - 13:41:53 |
Buenos días: ¿Donde puede consultarse? en la página de la JCYL no aparece aún. Saludos |
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